Resumen del Artículo treinta y cinco

Artículo treinta y cinco del Estatuto de Autonomía de Canarias (EACan) — y cinco La Comunidad Autónoma de Canarias podrá asumir las facultades de legislación y de ejecución en las materias que por Ley Orgánica le transfiera o delegue el Estado.

EACanVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo treinta y cinco

La Comunidad Autónoma de Canarias podrá asumir las facultades de legislación y de ejecución en las materias que por Ley Orgánica le transfiera o delegue el Estado.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo treinta y cinco

¿Qué dice el Artículo treinta y cinco del EACan?

y cinco La Comunidad Autónoma de Canarias podrá asumir las facultades de legislación y de ejecución en las materias que por Ley Orgánica le transfiera o delegue el Estado.

¿El Artículo treinta y cinco del EACan está vigente?

El artículo treinta y cinco del EACan está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo treinta y cinco dentro del EACan?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Canarias.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo treinta y cinco?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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